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Cláusulas de suministros del contrato de arrendamiento

Compraventa a través de inmobiliarias y/o a promotoras​
La Ley de Arrendamientos Urbanos regula gran parte del contenido de un contrato de alquiler. Sin embargo, existen algunas cláusulas que si no se incluyen en ese contrato, pueden generar problemas entre arrendador e inquilino:

Contenidos

¿A quién le corresponde hacerse cargo del alta de suministros de la vivienda?

Si nos encontramos ante una vivienda de obra nueva o si el antiguo inquilino ha dado de baja los suministros, es necesario darlos de alta de nuevo y eso genera un coste añadido.

Por ello, recomendamos:

a) Especificar en el contrato si los suministros ya se encuentran dados de alta o no

b) En caso de tener que darlos de alta de nuevo, indicar qué documentación hace falta que proporcione el propietario al arrendatario para realizar el trámite

c) Determinar quién asumirá ese coste.

Recibe asesoramiento sobre el contrato de arrendamiento aquí.

Divorcio

Es importante determinar el alta o baja de los suministros de la vivienda, y acordar quién se hará cargo del coste en caso de tener que darlos de alta. 

¿Quién asume la titularidad de los suministros?

Si se acuerda que el alta  la realice el inquilino, asumirá entonces la titularidad, pero se recomienda dejar constancia en el contrato de que, una vez finalice, debe estar al día de todos los pagos para poder cambiar la titularidad a favor del propietario, hasta que se vuelva a alquilar la vivienda.

Por ello, es interesante que sea el propietario el que asuma siempre la titularidad de los suministros de la vivienda, pero que sea el inquilino el que aparezca como pagador de los mismos, de tal manera que se evitan conflictos respecto a cambios repetitivos de titularidad en los suministros.

Se puede pactar con el inquilino un aval bancario o alguna garantía adicional para que, si el propietario es el titular de los suministros, pueda hacer frente al pago de las facturas de suministros en caso de que el inquilino no las abone.

La importancia de solicitar a las compañías suministradoras una lectura del consumo:

Cuando el inquilino vaya a abandonar la vivienda arrendada, es importante que él o el propietario se pongan en contacto con las compañías suministradoras para solicitar una lectura del consumo hasta el día exacto de la salida del piso, para poder liquidar el gasto existente de ese mes en relación a uno y otro.

En caso de que no sea posible obtener esta lectura, y teniendo en cuenta que el arrendador dispone de un mes para devolver la fianza, se recomienda esperar a obtener las facturas de los suministros y aplicarla al pago de las mismas, en caso de que hubiese alguna cantidad pendiente.

Teniendo en cuenta la cantidad de cambios normativos que existen actualmente en torno a los contratos de alquiler, le recomendamos que consulte con un abogado especialista en esta materia para que le ayude a redactar el contrato de arrendamiento que necesita.

 

 En Garabana Abogados podremos asesorarle de manera eficaz, resolviendo todas sus dudas y cuidando de todos los aspectos implícitos que conlleva un procedimiento de divorcio o separación. Si tiene cualquier pregunta, póngase en contacto con nosotros.

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María Atienza -Abogada-

ABOGADOS GARABANA

Graduada en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y Máster de Abogacía con título específico de mediación y resolución de conflictos. 

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