¿Puedo continuar en la vivienda alquilada si me divorcio?
Cuando se produce una separación o divorcio, y el domicilio familiar se encuentra en una vivienda arrendada, es necesario establecer qué cónyuge tiene derecho a seguir ocupando el inmueble.
Cuando se produce una separación o divorcio, y el domicilio familiar se encuentra en una vivienda arrendada, es necesario establecer qué cónyuge tiene derecho a seguir ocupando el inmueble.
El divorcio notarial es el procedimiento que permite que los cónyuges extingan su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo en un Notario, sin tener que acudir a la vía judicial, que suele ser más lenta.
Cuando una pareja se enfrenta a la interrupción de su relación matrimonial, debe conocer todas las opciones que existen a nivel legal para adaptarse a las nuevas circunstancias con la mayor brevedad, y de forma satisfactoria para ambos.
A continuación, explicamos las claves para saber a cuánto puede ascender la renta de un contrato de arrendamiento de vivienda.
A continuación, resolvemos las dudas sobre quién puede ser arrendador y quién puede ser arrendatario.
Además de la fianza, existen otro tipo de garantías que se pueden incluir en un contrato de arrendamiento.
El derecho civil es una materia muy amplia, por lo que vamos a acercar este ámbito al lector para que pueda entender qué competencias tiene un abogado de derecho civil.
A continuación, vamos a explicar qué es la fianza, para qué sirve, cuantía y devolución.
A la hora de comprar un inmueble, es importante saber qué tipo de contrato estamos firmando antes de acudir a Notaría, ya que las obligaciones en un contrato de reserva y en un contrato de arras son muy distintas.
Muchas veces se desconoce qué derechos tienen las personas con discapacidad, sobre todo en ámbitos como el acceso a la justicia o el acceso a llevar a cabo actos notariales.
Una de las consultas más repetidas últimamente, es sobre el derecho del arrendador o propietario a recuperar su vivienda sin que haya terminado el contrato de alquiler.
Hasta hace relativamente poco, las agencias inmobiliarias podían facturar sus servicios al arrendador o al inquilino, de manera indistinta, siempre y cuando el arrendador fuese persona física.
Frecuentemente, el coste de la agencia acababa corriendo a cargo del inquilino, que, vista la situación del mercado del alquiler, no dudaba en pagar esos honorarios con tal de conseguir un techo en el que habitar.
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